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Sociedades Anónimas Unipersonal - S.A.U.

Constitución de una Sociedad Anónima Unipersonal

Inscribí tu S.A.U. separando tu patrimonio personal del de la sociedad.

Crédito: Gentileza

Una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) es una empresa con un solo dueño, que puede ser una persona o una empresa. El propietario tiene responsabilidad limitada, lo que significa que no responde con su patrimonio personal por las deudas de la sociedad, solo con el capital que aportó. 

Guía para la Constitución de una Sociedad Anónima Unipersonal

1. Escritura Pública de Constitución
Lo primero que se necesita es la escritura pública que formalice la creación de la SAU. Esta debe incluir:

*Documentación a presentar: Primer testimonio de la escritura pública.

2. Aceptación de Cargos

Si los miembros del directorio o de los órganos de fiscalización no estuvieron presentes en el acto constitutivo, deben aceptar formalmente sus cargos. Para esto, se debe presentar:

*Documentación a presentar: Aceptación de cargos firmada
 
3. Garantía de Directores

Los directores titulares deben constituir una garantía. Si el director opta por un seguro de caución, es necesario entregar una copia de la póliza correspondiente.

*Documentación a presentar: Acreditación de la garantía de los directores, o copia de la póliza de seguro de caución.

4. Publicación en el Boletín Oficial

Es necesario acreditar la publicación de la constitución de la sociedad en el Boletín Oficial, conforme a lo requerido por el Art. 10 de la Ley Nº 19.550.

*Documentación a presentar: Constancia de la publicación en el Boletín Oficial.

5. Acreditación de Aportes

Se debe acreditar que el 100% del capital social ha sido integrado. Esto puede hacerse presentando:

Documentación a presentar: Boleta de depósito y/o documentación sobre aportes no dinerarios.

6. Sede Social

Si la sede social de la SAU no se especificó en la escritura constitutiva, se debe presentar un instrumento que acredite la dirección.

Documentación a presentar: Documento que establezca la sede social.

7. Transformación de Sociedades

Si una sociedad preexistente queda con un único socio, debe transformarse en SAU dentro de un plazo de tres meses. Para esto, se requiere:

Documentación a presentar: Escritura pública, acta de asamblea, estatuto modificado, y demás documentación según corresponda

9. Plazo de Presentación

Todos los documentos mencionados deben ser presentados dentro del plazo de tres meses desde que la sociedad se convierte en unipersonal. Si no se cumple con este plazo, la sociedad puede quedar sujeta a un régimen de responsabilidad más estricto.

Este procedimiento y la documentación a presentar aseguran que la creación de la SAU se realice conforme a la normativa vigente y permite que la Inspección General de Personas Jurídicas realice el control correspondiente.

Normativas

Código Civil y Comercial de la Nación - reúne​ las bases del ordenamiento jurídico en materia civil y comercial en la Argentina

Ley Nacional Nº 19.550 – Ley de Sociedades Comerciales

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